Expresó el académico del Departamento de Kinesiología, Mg. Carlos Ibarra Villanueva, quien expuso en el webinar organizado por el Programa de Ergonomía Ocupacional de la UDA

El seminario web realizado por el Programa de Ergonomía de la Universidad de Atacama (UDA), contó con un centenar de conexiones a través de Zoom y 165 conexiones por medio del canal de YouTube Ergonomía Universidad de Atacama, lo que los organizadores estimaron como exitoso.

TELETRABJO Y PANDEMIA

El Kinesiólogo Mg. Carlos Ibarra, en su presentación señaló que “ante la gran crisis de salud que estamos atravesando, muchas empresas están utilizando el Teletrabajo para mantener su actividad, reorganizándose para continuar lo mejor que puedan todo o parte de su actividad”.

“Es importante tener presente que en nuestro país las estadísticas del INE señalan que entre los meses de abril a mayo de 2020 se pasó de un 0,5% de los trabadores asalariados en modalidad de Teletrabajo a un 5% lo que significa un total de aproximadamente 450.000 trabajadores en esta modalidad de empleo. Este fenómeno fue observado en España durante la Pandemia donde ellos pasaron de un 5% a un 35% de trabajadores asalariados en esta modalidad de empleo, señaló la organizadora del Webinar, Mg. Pamela Astudillo, psicóloga y ergónoma de la Universidad de Atacama.

Por su parte Carlos Ibarra recalcó que, “en estas condiciones excepcionales, el Teletrabajo puede ser una fuente de riesgo y generar daños a la salud y seguridad de los trabajadores y trabajadoras”.

El académico de la UDA manifestó que “en circunstancias normales, el Teletrabajo regular tiene por objeto aportar al trabajador numerosas ventajas, tanto en calidad de vida como en capacidad de realizar su trabajo en las mejores condiciones, con ahorro de tiempo y fatiga en los tiempos de viaje, reducción de las interrupciones en las tareas… ”.

Ibarra además sentenció que “el Teletrabajo requiere preparación y acompañamiento ya que, sin estas precauciones, puede ser fuente de riesgos y generar daños a la salud y la seguridad de los trabajadores, lo cual dado la rapidez de la implementación por la Pandemia no dio espacio para una preparación adecuada”.

RECOMENDACIONES

El profesional de la UDA, recomendó a los trabajadores y trabajadoras “instalarse, en la medida de lo posible, en un espacio de trabajo dedicado para eso, adaptar el lugar para trabajar en buenas condiciones y limitar el riesgo musculoesquelético. Un escritorio, mesa y silla son fundamentales para el trabajo, lo ideal es que sean ajustables para facilitar la variación de posturas. Si no tiene esa opción, trate de que el escritorio no quede demasiado alto ni la silla muy baja o viceversa. Si es necesario ocupe cojines en el asiento y respaldo para ‘llenar’ los espacios entre la silla y Ud. y ubique el teclado y mouse de forma que siempre permitan apoyar los antebrazos en la mesa o escritorio”.

El ergónomo recomendó también: “Organice su trabajo fijando horarios de inicio y término incluyendo la colación, incorporando pausas -5 minutos cada hora- para permitir fases de reposo visual y evitar mantener una postura sentada demasiado tiempo”.

El Mg. Carlos Ibarra además sugirió a Directivos y Supervisores, “asegurarse de un contacto regular con cada trabajador, respetar el derecho a la desconexión consagrado en el Código del Trabajo, evitando el contacto fuera del horario de trabajo y considerando que el trabajador debe estar al menos 12 horas desconectado”.

Consecuentemente, el profesor Ibarra consideró “adaptar los objetivos y el seguimiento de la actividad de los teletrabajadores a sus condiciones de trabajo particulares dado que hoy la situación es excepcional, las personas se encuentran compartiendo espacio y medios con sus cónyuges, hijos y familiares, y prestar especial atención a la situación de los no teletrabajadores y encontrar medios para mantener el vínculo”, declaró.

NUEVO REGLAMENTO

El expositor comentó en la ocasión que, “asociado a las modificaciones introducidas al Código del Trabajo a través de la Ley 21.220 sobre Teletrabajo y Trabajo a distancia, el Ministerio del Trabajo está ad portas de publicar un reglamento sobre ‘Condiciones de Seguridad y Salud de los trabajadores en modalidad de Teletrabajo o Trabajo a distancia’, el cual contendrá las principales obligaciones a cumplir por parte de los empleadores en términos de seguridad de sus trabajadores en esta modalidad tales como la elaboración de una matriz de identificación de peligros y evaluación de los riesgos asociados al Teletrabajo. Para tal efecto, los Organismos Administradores de la Ley 16.744 -mutualidades e ISL- deberán prestar asistencia técnica para que el empleador pueda efectuar una evaluación de los riesgos y la capacitación de los trabajadores en esta modalidad de empleo”.